proyectos de legalización de equipos a presión

 

La legalización y registro de un equipo a presión ante la autoridad competente es un requisito obligatorio establecido por el
Real Decreto 809/2021 – Reglamento de equipos a presión (REP).

 

¿qué regula este requisito?

Este reglamento regula la instalación, puesta en servicio, inspecciones periódicas, reparaciones y modificaciones de todos aquellos equipos que trabajen con una presión máxima admisible (PS) superior a 0,5 bar.

 

Es obligatoria la inscripción del equipo o instalación en el registro de la autoridad competente de la comunidad autónoma correspondiente.

En los equipos donde P x V > 25000 debe confeccionarse un proyecto por parte de un ingeniero titulado con competencias en el ámbito de los equipos a presión.

 El titular del equipo o instalación es responsable de:

  • Garantizar que el equipo se legaliza antes de su puesta en servicio.
  • Mantener la documentación actualizada.
  • Realizar las inspecciones periódicas obligatorias según la categoría del equipo.

El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones administrativas y en responsabilidades civiles o penales en caso de accidente.

categorías de los equipos

Equipos de Ps x V menor de 50 no se registran ni se controlan.

  • Categoria I equipos de Ps x V mayor de 50 y menor de 200.
  • Categoria II equipos de Ps x V mayor de 200 y menor de 1000.
  • Categoria III equipos de Ps x V mayor de 1000 y menor de 3000.
  • Categoria IV equipos de Ps x V mayor de 3000.

Todos los equipos de las Categorias I a IV deben someterse a inspecciones y pruebas periódicas para garantizar el mantenimiento de las condiciones técnicas y seguridad.

Los equipos a presión como trabajan con gas no peligroso se encuentran en el grupo de fluido 2. Dentro de este grupo deben clasificarse en una categoria de I a IV.

Para ello debe multiplicarse la Ps (presión máxima en bar) x el volumen V en litros del equipo

Tipos de inspecciones

nivel A
inspección en servicio

- Inspección de la documentación de los equipos.
- Inspección visual de todas las partes sometidas a presión.
- Comprobación de accesorios de seguridad.

nivel B
inspección fuera de servicio

- Inspección de nivel A.
- Comprobación de espesores.
- Prueba de los accesorios de seguridad.

nivel C
inspección fuera de servicio

- Inspección de nivel B.
- Prueba hidrostática.

periodicidad
de las inspecciones

La inspección indicada como O.C.A. debe realizarla un organismo de control autorizado.

NIVEL DE INSPECCIÓN CATEGORÍA DEL EQUIPO Y GRUPO DE FLUIDO
I-2 y II-2
- depósitos separadores 12, 22 y 40L
- depósitos hasta 60L (incluido)
III-2 y IV-2
- depósitos desde 90L (incluido)
NIVEL A Empresa Instaladora
4 años
Empresa Instaladora
3 años
NIVEL B O.C.A.
8 años
O.C.A.
6 años
NIVEL C No obligatorio O.C.A.
12 años

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